Te ha llegado una liquidación, una sanción o un embargo y no estás de acuerdo. Recurrimos frente a la Agencia Tributaria en todas las instancias: reposición, TEAR y contencioso, con la suspensión de la deuda estudiada desde el primer día.
Contra Hacienda casi todo se puede recurrir, pero los plazos son cortos y no perdonan. El habitual es un mes desde la notificación. Antes de nada:
Recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto (potestativo), o directamente reclamación económico-administrativa ante el TEAR. Elegir bien la vía ya es estrategia.
La reclamación económico-administrativa es gratuita y la resuelve un tribunal administrativo independiente del órgano que liquidó. Aquí se anulan cada año miles de liquidaciones y sanciones.
Contencioso-administrativo ante los tribunales de justicia si el TEAR desestima. El mismo abogado te lleva desde el primer escrito hasta la sentencia.
Los plazos y vías varían según el acto y el importe: esta información es general y no sustituye el análisis de tu notificación concreta.
Liquidaciones de IRPF, IVA y Sociedades tras comprobaciones o inspecciones. Sanciones tributarias — donde más se gana: la culpabilidad hay que motivarla y Hacienda muchas veces no lo hace bien. Recargos y providencias de apremio, embargos y derivaciones de responsabilidad a administradores. Y requerimientos desproporcionados o fuera de alcance.
Se calcula antes de empezar: importe discutido, solidez de los argumentos, coste de la suspensión y probabilidades reales. Si los números no salen, te lo decimos y no se recurre. Recurrir por recurrir es un negocio solo para el abogado.
Solo si no se obtiene la suspensión. Con aval u otras garantías se suspende; en sanciones, la suspensión en vía administrativa es automática sin garantías. Es una de las primeras cosas que se estudian.
Quedan vías excepcionales (nulidad de pleno derecho, revocación, devolución de ingresos indebidos en ciertos casos), más estrechas pero reales. Hay que estudiar si tu caso encaja en alguna.
Depende de la vía y el importe. Presupuesto cerrado antes de empezar, y valoración honesta de las opciones en la primera llamada.
Primera valoración sin compromiso. Con la notificación delante te decimos si hay caso.
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