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¿Inspección de Hacienda? No vayas solo.

Te ha llegado la comunicación de inicio de actuaciones y no sabes qué alcance tiene ni qué te van a pedir. Llevamos inspecciones de la Agencia Tributaria de principio a fin: comparecencias, alegaciones, actas y, si hace falta, recursos.

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Si te ha llegado la comunicación de inicio

Una inspección no presume que hayas hecho nada mal, pero todo lo que aportes y declares desde ahora formará parte del expediente. Antes de la primera comparecencia:

Tres reglas antes de hacer nada

  1. No vayas solo a la primera cita. Tienes derecho a acudir representado. Lo que se diga en diligencias queda documentado y se usa después.
  2. No aportes más de lo que te piden. Se entrega lo requerido, revisado antes. Documentación de más abre líneas de comprobación nuevas.
  3. Mira el alcance de la comunicación. Qué impuestos y qué ejercicios comprende define hasta dónde puede llegar la Inspección — y hasta dónde no.

Cómo se desarrolla y dónde se pelea

Durante las actuaciones

Comparecencias, requerimientos y diligencias. Nuestro trabajo: controlar el alcance, los plazos y lo que entra en el expediente, y dejar constancia escrita de lo que convenga a tu defensa. Lo que no se alega a tiempo, difícilmente se recupera después.

Al cierre: las actas

La inspección termina en acta de conformidad, disconformidad o con acuerdo. Firmar una u otra cambia lo que pagas, las sanciones y lo que puedes recurrir. Es una decisión estratégica que no se toma en la mesa de la Inspección, sino antes.

Datos que conviene saber

10 días

Plazo habitual de los requerimientos para aportar documentación o comparecer. Se puede pedir ampliación, pero hay que hacerlo bien y a tiempo.

18 m

Duración máxima general del procedimiento inspector (27 meses en casos de especial complejidad). Superarla tiene consecuencias favorables al contribuyente que la Inspección no te va a recordar.

−30%/−65%

Reducciones de las sanciones por conformidad y pronto pago. Calcular si compensa aceptar o pelear es una operación con números, no una corazonada.

Cada procedimiento tiene matices: esta información es general y no sustituye el análisis de tu expediente concreto.

Preguntas frecuentes

¿Por qué me inspeccionan a mí?

Las inspecciones salen de planes de control anuales y de cruces de datos: discrepancias entre lo declarado y la información de terceros, sectores en el punto de mira, operaciones concretas. Saber qué ha disparado la tuya orienta toda la defensa.

¿Puedo negarme a aportar algo?

Hay deber de colaboración, pero tiene límites: requerimientos desproporcionados, documentación fuera del alcance de la inspección o protegida. Se puede oponer resistencia jurídica, que no es lo mismo que no contestar.

¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con el resultado?

Acta de disconformidad, alegaciones, y después recurso de reposición o reclamación ante el TEAR — y contencioso si hace falta. La inspección es la primera batalla, no la última.

¿Esto puede acabar en delito fiscal?

Solo si la cuota presuntamente defraudada supera los 120.000 € por impuesto y ejercicio y aprecian dolo. Si el asunto se judicializa, la defensa continúa con nosotros en la vía penal.

¿Cuánto cuesta que llevéis la inspección?

Depende del alcance y la complejidad. Con la comunicación delante te damos una valoración clara y un presupuesto cerrado antes de empezar.

¿Qué te ha pasado?

Primera valoración sin compromiso. Con la comunicación delante te decimos a qué te enfrentas.

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